Decreto por el que se aprueba el Programa Anual de Estadística de Extremadura para 2015

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se establece el Programa Anual de Estadística de Extremadura para 2015, un instrumento de ordenación, planificación y sistematización de la actividad estadística pública de interés para la Comunidad Autónoma. Por la Ley 1/2013, de 20 de febrero, se aprobó el segundo Plan de Estadística de Extremadura que extiende su vigencia desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2016.

El artículo 7 de esta Ley establece que el Plan de Estadística de Extremadura 2013-2016 se desarrollará a través de los correspondientes Programas Anuales de Estadística, que serán aprobados por el Consejo de Gobierno, en los términos previstos en la Ley 4/2003, de 20 de marzo, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Los dos primeros programas del vigente Plan de Estadística fueron aprobados por el decreto 66/2013, de 30 de abril, el de 2013, y por el decreto 4/2014, de 4 de febrero, el de 2014.

Procede, por consiguiente, y con el fin de continuar con el desarrollo de la planificación de la actividad estadística pública de Extremadura, la aprobación del Programa Anual de Estadística de Extremadura para 2015, tercera anualidad de vigencia del Plan de Estadística de Extremadura, una vez realizado el trámite de consulta al Consejo Superior de Estadística de Extremadura.

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