Hoy concluye el plazo para que los proveedores que quieran cobrar facturas pendientes de ayuntamientos puedan confirmarlo

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas ha ampliado el plazo al día 1 de abril para que los proveedores de entidades locales que quieran acogerse a la extensión del Pago de Pago a proveedores soliciten ser incluidos en el listado de facturas de la Entidad Local. Para ello, tienen que acudir a los ayuntamientos o mancomunidades de los que son acreedores para hacer esa gestión en formato papel hasta hoy.

La información que necesita aportar cada proveedor es

- NIF

- Número de Cuenta Corriente (se facilitará el CCC o el IBAN y, en caso de cuentas internacionales, el BIC)

- Importe del principal

La solicitud implica la aceptación, por parte del proveedor, del pago de la deuda comercial pendiente a través de este mecanismo renunciando a intereses y otros gastos.

La Entidad Localemitirá un certificado individual de reconocimiento de la obligación. La ampliación de plazo no es para los proveedores de las Comunidades Autónomas. Como consecuencia de lo anterior se amplía hasta el 5 de abril el plazo para que las entidades locales puedan facilitar esa información al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a través de la aplicación de la AEAT.

Facturas anteriores al 1 de enero de 2012

La extensión del Plan de Pago a proveedores, aprobado el pasado 23 de febrero con una dotación de más de 2.600 millones de euros, pagará las facturas contabilizadas antes del 1 de enero de 2012, y que los proveedores cobrarán en la primera quincena de junio.

Permite acogerse a entidades que quedaron fuera de la primera fase (mancomunidades de municipios y entidades del País Vasco y Navarra), así como a municipios y comunidades autónomas acogidas a la primera fase que tengan deudas con proveedores en alguna de las nuevas fórmulas contractuales que se incluyen a partir de ahora.

En el caso de las mancomunidades será preciso que remitan sus Estatutos y porcentajes de participación de los municipios que las integran y en el caso de las entidades locales del País Vasco y Navarra que se haya suscrito un Convenio con la Administración del Estado.

Entre los nuevos tipos de contratos que se incluyen en esta nueva fase del mecanismo están las concesiones administrativas, las encomiendas de gestión, los convenios, los contratos de arrendamiento de inmuebles, los contratos de colaboración público-privada, así como determinados contratos de concesión de obras públicas y de gestión de servicios públicos.

Asimismo, se habilita una segunda oportunidad, hasta el día 1 de abril, para que los contratistas que no manifestaron su aceptación en abril de 2012 lo puedan hacer ahora, dirigiéndose a la entidad local o comunidad autónoma deudora.

Página web con información sobre el plan de pago

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas publica en su web  toda la información sobre el mecanismo extraordinario de pago a proveedores, tanto de entidades locales, como de  comunidades autónomas.

En esta página, accesible a través de un banner con la  identificación “Pago a Proveedores”, se accederá a toda la información relacionada con el mecanismo de pago, todas las notas de prensa publicadas, la normativa aprobada así como una relación de preguntas frecuentes para que los proveedores puedan resolver sus dudas. Igualmente, mediante sistema RSS, se permite suscribir alertas para conocer todas las novedades del procedimiento extraordinario de pago a proveedores.

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