CREEX demanda a la Administración medidas para evitar el quebranto económico sufrido por las empresas que ejecutan contratos públicos debido al fuerte incremento del SMI

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La subida, unilateral y sin negociación alguna, del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2019 mediante Real Decreto 1462/2018, ha supuesto un duro golpe para muchas empresas, al incrementar notablemente los costes salariales y sociales sin que tal subida sea derivada de una mejora de la productividad y la cifra de negocio.

 

El riesgo real de que muchas empresas no puedan soportar este incremento de costes y se vean obligadas a realizar despidos o, incluso, al cierre, tiene una vertiente aún más peligrosa: el caso de aquellas empresas que resultaron adjudicatarias de concesiones de prestación de servicios o ejecución de obras por parte de la Administración antes de que se hubiera aprobado la subida del SMI.

Según se explica, Javier Peinado, secretario general de la Confederación Regional Empresarial Extremeña (CREEX), dichos contratos de concesión recogían en sus pliegos unas previsiones en lo referente a costes laborales que se han visto totalmente alteradas al alza con efectos 1 de enero de 2019. Así pues, la elevación del SMI a 900 euros rompe el equilibrio financiero necesario en estos contratos, lo que puede conllevar, de no mediar solución, que, o bien la prestación no se realice en los niveles de calidad y eficacia exigidos, o bien que la empresa cargue con el sobrecoste con riesgo de ir a la ruina y el cierre.

Por ello, las empresas concesionarias se enfrentan a un dilema de imposible solución: o siguen adelante con el contrato y trabajan ‘a pérdidas’ con todo lo que ello supone, o renuncian al contrato y entonces se enfrentan a un expediente de resolución largo y complejo, además de a posibles indemnizaciones por daños causados e, incluso, a penalizaciones como la de no poder contratar con la Administración durante un periodo de tiempo. Todo ello derivado de una situación en la que las empresas son víctimas de un cambio normativo no pactado ni previsto.

A la vista de esta situación, la CREEX ha instado a la Junta de Extremadura, diputaciones y ayuntamientos extremeños --en tanto adjudicadores de contratos públicos-- a buscar una solución que evite males mayores.

Esta solución, la menos mala, podría ser la resolución de los contratos aplicando la ‘cláusula de progreso normativo’. Es decir, dejar sin efecto el contrato sin que ello penalice a la empresa concesionaria y volver a realizar la licitación con un pliego que ya recoja la subida del SMI a la hora de calcular el equilibrio económico. 

No actuar, es decir, aplicar el ‘dontancredismo’ supondrá, a buen seguro, “el incumplimiento, la ejecución ineficaz o la quiebra de la empresa”, con los perjuicios que ello supone para los trabajadores, que contravendría el propio principio de contratación estratégica de carácter social que propugna el artículo 1 de la Ley de Contratos.

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